Una denuncia es el acto por el cual se pone en conocimiento a la Municipalidad de una eventual irregularidad o incumplimiento normativo, a fin que ésta se investigue y tome las medidas que correspondan, en virtud de la pertinencia y competencias que tenga la Municipalidad en la materia.
Se entenderá por denuncia ambiental a aquellas en que el acto a denunciar, produzca o pudiese producir con su actividad, el daño a la salud de las personas, al medio ambiente, recursos naturales, o incumpla las disposiciones de leyes y reglamentos que establezcan la protección y cuidado del medio ambiente.
Temas considerados a denunciar en materia ambiental:
– Ruidos molestos
– Olores molestos
– Extracción de agua no autorizada
– Alteración de cauces de ríos o esteros
– Descarga de residuos líquidos o contaminación del agua
– Contaminación de playas o lagos
– Residuos sólidos domiciliarios
– Residuos sólidos peligrosos/ Contaminación de suelos
– Extracción de áridos no autorizados
– Afectación de vegetación nativa
– Afectación de fauna nativa
– Construcción de obras no autorizadas
– Afectación del patrimonio ambiental o arqueológico
– Derrame de combustibles
– Vectores biológicos
– Contaminación lumínica
– Vibraciones u ondas electromagnéticas
– Comercio de leña o de artefactos a leña no autorizados
– Presencia de escombros
– Temas relacionados con aseo y ornato
– Tenencia responsable
1.- INGRESO DE DENUNCIAS
Para el ingreso de denuncias ambientales a la Municipalidad de Chonchi, existen tres alternativas:
a) Completar el formulario de denuncias que se puede descargar desde la página web de la Municipalidad en www.municipalidadchonchi.cl o retirar el formulario de manera presencial en Oficina de Partes y se debe entregar mediante correo electrónico al correo de Oficina de Partes ofpartes@municipalidadchonchi.
b) Escribir una carta dirigida al Alcalde e ingresarla de manera presencial en Oficina de partes o enviar al correo ofpartes@municipalidadchonchi.
c) Completar el formulario de denuncias online que se presenta a continuación https://forms.gle/
2. DIFUSIÓN DE PROTOCOLO DE DENUNCIAS
Comunicaciones de la Municipalidad será la Unidad encargada de difundir en redes sociales, radios, medios locales y página oficial del Municipio el protocolo de denuncias a la comunidad, el formulario de denuncias y el banner con el link del formulario digital.
3. PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN DE DENUNCIA AMBIENTAL
Una vez recepcionada la denuncia por los canales descritos en el punto 2 del presente protocolo, Administración Municipal canalizará todas las denuncias a las direcciones municipales de SECPLAN, Dirección de Obras Municipales y la Dirección de Desarrollo Económico Local. Dichas direcciones se convocarán y determinarán si procede o no la denuncia de acuerdo a los establecido en el punto 1 de antecedentes generales.
Para determinar la primera parte, las direcciones analizarán las competencias del Municipio y de sus direcciones y se deberá inspeccionar en terreno la situación denunciada, si se verifica que no procede, se dará respuesta por escrito o vía mail señalando bajo la normativa ambiental e institucional los motivos por los cuales no aplica la denuncia.
Si la denuncia procede, previa inspección en terreno, y analizando si es competencia o no la materia ambiental por parte del Municipio, en conjunto con el inspector municipal se puede ejecutar un parte con denuncia al Juzgado de Policía Local de la comuna de Chonchi.
En el caso que la denuncia proceda pero no sea del ámbito de competencias del Municipio, se oficiará a la institución con pertinencia en el tema para enviar antecedentes del caso y generen las inspecciones pertinentes de acuerdo a sus propios protocolos de atención de denuncias y así apliquen sus acciones de fiscalización y sanción.
En ambos caso, desde cualquiera de las direcciones, se dará respuesta al denunciante por escrito o mediante correo electrónico.
Existirán tres tipologías de denuncias:
a) La denuncia procede siendo de competencia municipal: se realizarán las acciones de fiscalización en conjunto con inspectores municipales aplicando la Ordenanza de Medio Ambiente y Territorio u Ordenanza que corresponda, previa notificación al infractor. Posteriormente se dará respuesta al denunciante con las acciones realizadas por el Municipio.
b) La denuncia procede siendo de competencia de otras instituciones del Estado: como Municipio se analizará a que institución corresponde y se oficiará con los antecedentes proporcionados por el denunciante y paralelamente, si la institución posee canales de denuncias ciudadanas, se orientará al denunciante a realizar su denuncia a aquella institución. Posteriormente se dará respuesta al denunciante con las acciones realizadas por el Municipio.
c) La denuncia no procede: se dará respuesta al denunciante, explicando las razones del por qué no se puede dar solución desde el Municipio.
Todas las denuncias serán respondidas dentro de un plazo de 10 días hábiles, independiente de su clasificación. Estas respuestas quedan como antecedentes dentro del Municipio junto con el formulario.